Todo sobre la tabla de pensiones alimenticias SUPA de Ecuador

El Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)  está adscrito al  Consejo de la Judicatura.

Su creación garantiza la correcta y oportuna  recaudación y el consecuente pago de pensiones alimenticias de los usuarios de la administración de justicia.

Además proporciona la información en línea con respecto de pagos y aportación de pensiones alimenticias a nivel general.

Las personas naturales, niños, niñas o adolescentes con el derecho a recibir este beneficio  recibirán el dinero de las pensiones alimenticias en sus cuentas de cualquier entidad bancaria.

El beneficiario debe indicarle al juez los datos de la cuenta bancaria en la que desea su dinero de la pensión.

Por otro lado, la pensión se podrá recibir a través de los retiros en efectivo de los cajeros automáticos en todo el territorio nacional.

El SUPA como herramienta ha sido  desarrollado y administrado por el Consejo de la Judicatura, para un adecuado  proceso de recaudación y pago de las pensiones alimenticias.

En este sentido, cuando es interpuesta una demanda para pensión alimenticia,  la autoridad judicial  ordenará la creación del código de tarjeta en el SUPA.

Este es indispensable para realizar consultas y los pagos, se indica en la página web del sistema.

Asi tambien con el código de tarjeta u otros datos. consultas informacion en la web del Consejo de la Judicatura.

En este orden de ideas,  los porcentajes  establecidos para el  pago se presentan en la  Tabla de pensión alimenticia.

Es allí donde los porcentajes son calculados cada año de acuerdo con el aumento del salario básico unificado.

¿De qué trata la Tabla de pensiones alimenticias SUPA?

Esta tabla  se corresponde con el cálculo de los valores mínimos a pagar de la pensión alimentaria.

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Esto implica que en cualquier momento, la cantidad puede ser incrementada por un juez dependiendo del caso.

Además de fijar  la cantidad mínima que se puede solicitar y el cálculo sobre  el salario básico vigente, también se compone de seis niveles.

Con respecto a cada nivel, estos  establecen  el porcentaje que paga el demandando de acuerdo a sus ingresos mensuales y la cantidad de hijos.

Con base a ese parámetro  el porcentaje varía dependiendo de las edades de los hijos.

En el primer nivel cuando hay solo un hijo, el porcentaje a cancelar es de 28,12% y aplica si los niños tienen hasta dos años inclusive,

Con dos hijos de hasta dos años el porcentaje es 39,71%,  tres o más hijos es del 52, 18% de sus ingresos.

Los porcentajes se elevan  cuando hay hijos mayores de 3 años en adelante lo cual también depende  del nivel de ingresos.

Las variaciones se observan en los niveles siguientes,  por ejemplo en el nivel  6, se aplica mayor porcentaje a quienes ganan nueve o más salarios básicos unificados y el mínimo a pagar por un hijo de menos de 2 años es el 42,53%.

Por otro lado, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES),  condiciona los valores a frin de resguardar  las necesidades básicas de los niños y adolescentes.

Según la ley, los hijos desde los cero hasta los dieciocho años de edad poseen el derecho a recibir una pensión de alimentos.

En el caso del estudiante universitario hasta que cumpla los veintiún años, la excepción seria los casos de discapacidad, en que esta pensión es vitalicia.

 

Esta tabla se publica anualmente con sus ajustes según el aumento del salario básico  unificado (SBU) y los porcentajes de inflación  que determine el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).

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Los  pagos se deben realizar  en los  cinco primeros días de cada mes, en caso contrario el demandante puede solicitar sanciones.

Los interesados en observar  la tabla pueden hacerlo en línea y en los periódicos de mayor circulación cada 31 de enero.

Originally posted 2022-03-20 12:46:27.

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