El Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) está adscrito al Consejo de la Judicatura.
Su creación garantiza la correcta y oportuna recaudación y el consecuente pago de pensiones alimenticias de los usuarios de la administración de justicia.
Además proporciona la información en línea con respecto de pagos y aportación de pensiones alimenticias a nivel general.
Las personas naturales, niños, niñas o adolescentes con el derecho a recibir este beneficio recibirán el dinero de las pensiones alimenticias en sus cuentas de cualquier entidad bancaria.
El beneficiario debe indicarle al juez los datos de la cuenta bancaria en la que desea su dinero de la pensión.
Por otro lado, la pensión se podrá recibir a través de los retiros en efectivo de los cajeros automáticos en todo el territorio nacional.
El SUPA como herramienta ha sido desarrollado y administrado por el Consejo de la Judicatura, para un adecuado proceso de recaudación y pago de las pensiones alimenticias.
En este sentido, cuando es interpuesta una demanda para pensión alimenticia, la autoridad judicial ordenará la creación del código de tarjeta en el SUPA.
Este es indispensable para realizar consultas y los pagos, se indica en la página web del sistema.
Asi tambien con el código de tarjeta u otros datos. consultas informacion en la web del Consejo de la Judicatura.
En este orden de ideas, los porcentajes establecidos para el pago se presentan en la Tabla de pensión alimenticia.
Es allí donde los porcentajes son calculados cada año de acuerdo con el aumento del salario básico unificado.
¿De qué trata la Tabla de pensiones alimenticias SUPA?
Esta tabla se corresponde con el cálculo de los valores mínimos a pagar de la pensión alimentaria.
Esto implica que en cualquier momento, la cantidad puede ser incrementada por un juez dependiendo del caso.
Además de fijar la cantidad mínima que se puede solicitar y el cálculo sobre el salario básico vigente, también se compone de seis niveles.
Con respecto a cada nivel, estos establecen el porcentaje que paga el demandando de acuerdo a sus ingresos mensuales y la cantidad de hijos.
Con base a ese parámetro el porcentaje varía dependiendo de las edades de los hijos.
En el primer nivel cuando hay solo un hijo, el porcentaje a cancelar es de 28,12% y aplica si los niños tienen hasta dos años inclusive,
Con dos hijos de hasta dos años el porcentaje es 39,71%, tres o más hijos es del 52, 18% de sus ingresos.
Los porcentajes se elevan cuando hay hijos mayores de 3 años en adelante lo cual también depende del nivel de ingresos.
Las variaciones se observan en los niveles siguientes, por ejemplo en el nivel 6, se aplica mayor porcentaje a quienes ganan nueve o más salarios básicos unificados y el mínimo a pagar por un hijo de menos de 2 años es el 42,53%.
Por otro lado, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), condiciona los valores a frin de resguardar las necesidades básicas de los niños y adolescentes.
Según la ley, los hijos desde los cero hasta los dieciocho años de edad poseen el derecho a recibir una pensión de alimentos.
En el caso del estudiante universitario hasta que cumpla los veintiún años, la excepción seria los casos de discapacidad, en que esta pensión es vitalicia.
Esta tabla se publica anualmente con sus ajustes según el aumento del salario básico unificado (SBU) y los porcentajes de inflación que determine el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
Los pagos se deben realizar en los cinco primeros días de cada mes, en caso contrario el demandante puede solicitar sanciones.
Los interesados en observar la tabla pueden hacerlo en línea y en los periódicos de mayor circulación cada 31 de enero.
Originally posted 2022-03-20 12:46:27.
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