Creado en fecha 29 de junio de 2016 y puesto en vigencia el 30 de enero de 2017, el Código Nacional de Policía y Convivencia o Ley 1801, es la herramienta que tienen todos los ciudadanos colombianos para dar solución a aquellos problemas o conflictos que puedan estar afectando la buena convivencia.
El presente artículo tiene como principal objetivo darte a conocer cuales son las normativas que contiene este Código, y cuáles son las sanciones y los valores de las multas en el caso de que estas no sean cumplidas, así como cuáles son los pasos a seguir en el caso de una infracción.
El Código Nacional de Policía y Convivencia, es el conjunto de normas creadas para lograr evitar, regular y controlar el comportamiento de los ciudadanos, logrando a través de ellas garantizar la buena convivencia ciudadana, así como el cumplimiento de los derechos y deberes ciudadanos.
Es así como este Código viene siendo la primera herramienta con la que todos los habitantes del territorio colombiano y las autoridades, cuentan para lograr la solución de los conflictos que pueden llegar a afectar la convivencia, evitando que tanto las conductas como sus consecuencias puedan llegar a trascender y se conviertan en un problema judicial e inclusive penal.
El tener los conocimientos y la aplicación de este Código permite la generación de las condiciones de tranquilidad y seguridad necesarias que siempre son tan deseadas por los colombianos.
Contenido
Motivo por el qué se creó el Código Nacional de Policía y Convivencia
Este código es el resultado de la observancia de los comportamientos poco convenientes dentro de la sociedad, es decir, la falta de respeto y civismo y la intolerancia para con las demás personas, lo cual hizo necesaria la creación de una normativa que regulara dichos comportamientos con la finalidad de permitir una mejor convivencia entre los ciudadanos.
Es así como el Código Nacional de Policía y Convivencia “Para vivir en paz”, tiene como principal objetivo buscar la interacción pacifica, armónica y respetuosa entre los ciudadanos. Es por esto que este código es el conjunto de normas que busca dar orientación al comportamiento humano, implementando los deberes y obligaciones que tienen las personas buscando la generación de condiciones que sean propicias para la convivencia en Colombia.
Este código dispone las medidas, comportamientos, medios y procedimientos policiales que pueden ser aplicados en cada caso, promoviendo la sana convivencia y los buenos hábitos. Así mismo, es contentiva de los deberes y derechos que asisten a todos los ciudadanos, siendo su fin el que todos puedan vivir en paz.
Comportamientos sancionados por el Código Nacional de Policía y Convivencia
De acuerdo a lo establecido en este código, la policía podrá tener acceso a espacios privados, cuando exista la presunción de fácticos en los que se conozca la existencia de una afectación a la vida o integridad de las personas. Por otra parte, con este código no se permiten los grafitis en bienes culturales o zonas que no estén habilitadas para esto, y en el caso que una persona llegue a pintarlos en estos sitios, tiene la obligación de limpiarlo y dejarlo como estaba.
De igual forma para evitar incomodar a los pasajeros, en los vehículos de servicio público, se prohíbe el alto volumen de los equipos de sonido. Así mismo, aquellas personas que lleguen a ocasionar daños a los buses del sistema masivo de transporte, les será impuesta una multa para hacer la reparación de los daños.
Para evitar la agresión a personas a través de las redes sociales o se llegue a afectar su intimidad, se establecen medidas, siendo impuestas multas a quienes lleguen a publicar material fotográfico de otras personas que haya sito tomado en sitios privados.
En lo que se refiere a las mascotas, la policía podrá multar a los dueños que no recolecten sus necesidades en los espacios públicos y de igual manera serán sancionadas aquellas personas que lleven sus perros sin collar.
A través del Código Nacional de Policía y Convivencia, se busca mejorar las condiciones de los deberes y derechos de los colombianos, con el objeto de poder ofrecer pautas adecuadas para lograr el mejoramiento de la cultura ciudadana, hacer una reducción de la intolerancia y de esta forma mejorar la convivencia pacífica.
Desde el 01 de agosto de 2017, las multas o sanciones son totalmente de carácter económico y tienen un valor, teniendo en consideración el salario mínimo diario legal vigente (SMDLV), que va desde los $117.040 hasta los $936.320.
Las mismas quedan especificadas en cuatro clases:
TIPO DE MULTA | Valores en SMDL | Participación en actividad pedagógica o programa comunitario (5 días hábiles siguientes a la expedición del comparendo) | DESCUENTO POR PRONTO PAGO 50% (5 días hábiles siguientes a la expedición del comparendo) | Ejemplos de multas más comunes |
General tipo 1 | 4 SMDL ($117.040) | Conmutabilidad del pago en un 100% | Descuento del 50% por pronto pago | · No recoger los excrementos de tu mascota.
· No prestar servicio de baño a niños, mujeres embarazadas y adultos tercera edad. · Ingresar y salir de las estaciones o portales, por sitios distintos a las puertas designadas. · Ocupación de espacio público |
General tipo 2 | 8 SMDL ($234.081) | Conmutabilidad del pago en un 100% | Descuento del 50% por pronto pago | · Porte de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas.
· Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público. |
General tipo 3 | 16 SMDLV ($468.160) | No aplica Conmutabilidad sin embargo, debe verificar en RNMC, si el comparendo señala como medida correctiva independiente al pago la participación en actividad pedagógica o programa comunitario | Descuento del 50% por pronto pago | · Vender celulares con reporte de hurto.
· Perturbar la tranquilidad de la comunidad con ruido, reuniones o fiestas. · Tener animales silvestres en calidad de mascotas. · Quien irrespete a los funcionarios o autoridades del Sistema. · Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad. · Quien altere, manipule deteriore, destruya o fuerce las puertas de las estaciones o de los vehículos |
General tipo 4 |
32 SMDLV ($936.320) | No aplica Conmutabilidad sin embargo, debe verificar en RNMC, si el comparendo señala como medida correctiva independiente al pago la participación en actividad pedagógica o programa comunitario. | Descuento del 50% por pronto pago | · Hacer mal uso de la Línea de emergencia 123.
· Realizar necesidades fisiológicas en espacio público. · Arrojar basuras en espacio público. · Incumplir, desacatar, · Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de policía. |
Multas especiales | Los valores dependen del tipo de multa impuesta: oscilan entre los 5 y 800 SMDLV. El valor será estipulado por el inspector de policía mediante acto administrativo de ser declarado infractor. | Art. 175, Parágrafo 1°. Por su naturaleza de carácter pedagógico, esta medida podrá ser impuesta por la autoridad de policía competente para todos los comportamientos contrarios a la convivencia contenidos en el presente código, sin perjuicio de las demás medidas correctivas que deban ser impuestas. | No Aplica | · Aglomeraciones (conciertos, marchas, manifestaciones).
· Infracción urbanística (actuación de construcción, ampliación, modificación, adecuación y demolición). · Contaminación visual (publicidad exterior visual) |
Cómo y donde se deben pagar las multas
Para hacer el pago de las multas, te debes dirigir a la casa de justicia a nivel nacional o en su defecto en las entidades bancarias dispuestas por la administración distrital y/o municipal en cada ciudad.
Los dineros que son recaudados con las multas son invertidos en proyectos pedagógicos y preventivos en temas de seguridad.
Lo que pasa si no pagas la multa
El no pagar la multa te genera intereses, pero adicionalmente a esto no podrás:
- Llevar a cabo trámites de tenencia o porte de armas.
- Realizar estudios formativos en escuelas de la fuerza pública.
- Aspirar a cargos Públicos.
- Pretender o Tener continuidad en contratos con el Estado.
- Realizar trámites o solicitudes de registro mercantil en Cámara y Comercio.
Originally posted 2020-05-18 11:32:26.
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